lunes, 21 de septiembre de 2009

Retroceso en las Leyes, medida contra la libertad de las mujeres

21.09.09 - MÉXICO




Reformas constitucionales contrarían derechos sexuales y reproductivos de mujeres


Todo indica que las mujeres de México necesitarán luchar bastante todavía por la defensa de sus derechos sexuales y reproductivos. Recientemente, 15 entidades federativas aprobaron una serie de reformas constitucionales que protegen la vida desde el momento de la concepción y de la fecundación en detrimento de los derechos de las mujeres.

Las reformas no fueron bien recibidas por todos los sectores de la sociedad. Organizaciones que trabajan con este asunto, académicos y especialistas de Yucatán, por ejemplo, afirmaron en entrevista con Socorro Chablé, del Cimac, que tales cambios "implican un sacrificio de los derechos de las mujeres" que pasaron a ser vistas como "meros instrumentos reproductivos".


De acuerdo con el reportaje de Chablé, Fedora Castro Orrantia, responsable del área de Vinculación Legislativa del Grupo de Información sobre Reproducción Elegida (Gire), considera las reformas como "un grave retroceso para los derechos de las mujeres y contrarían el cuarto artículo constitucional que establece que toda persona tiene el derecho a decidir de manera libre, responsable e informada, sobre el número y espaciamiento de sus hijos".


Según la representante del Grupo, las medidas violan los derechos humanos, sexuales y reproductivos de las mujeres. Prueba de ello es que, con las reformas, las mujeres no pueden usar más el Dispositivo Intrauterino (DIU) y la Anticoncepción de Emergencia (AE) como métodos anticonceptivos.


La justificación utilizada para prohibir el uso -"en función de que su mecanismo permite la fecundación del óvulo, pero impide la implantación y, con él, el embarazo"- inmediatamente fue respondida por estudiosos y organizaciones que trabajan en el asunto. Esto porque, según el reportaje del Cimac, investigaciones sugieren que el DIU, al contrario de lo que muchos pensaban, no permite la fecundación del óvulo, pues impide que los espermatozoides fecunden a los óvulos.


Además, de acuerdo con Orrantia, no es posible determinar el momento exacto de la fecundación natural. La representante del Gire consideró además como "absurdas" las modificaciones por considerar el producto de la concepción como sujeto de derechos desde la fecundación.


"Si nos atenemos a lo que establecen las modificaciones constitucionales, en estas entidades federativas, las certificaciones de nacimiento perderían su validez, porque ahora las personas existirían y serían reconocidas como tales desde el momento de la fecundación y, desde ese momento, todas y todos tendríamos nueve meses más de edad", ironiza.

Las reformas

Según Orrantia, las iniciativas de reformar las constituciones locales tienen lugar desde 2007. La idea de las entidades federativas es modificar uno o dos artículos referentes a las garantías individuales y a las protecciones de la vida desde la fecundación hasta la muerte natural.


En Yucatán, por ejemplo, modificaron el artículo primero y el 94 de la constitución, además del 392 del Código Penal estatal. Con esas modificaciones, las embarazadas que corren riesgo de muerte, que tengan el bebé con malformaciones congénitas o que se embarazaron a causa de violaciones, podrán abortar sin ser penalizadas.


Sin embargo, a pesar de no penalizar el aborto por estos motivos, en Yucatán, muchos profesionales dejan de realizar abortos en esas circunstancias bajo el argumento de que "la vida se protege desde la fecundación hasta la muerte natural". De acuerdo con Orrantia, a causa de ello, muchas mujeres terminan recurriendo a abortos clandestinos que, muchas veces, son realizados sin las condiciones mínimas de seguridad e higiene.


Con informaciones del Cimac, por Socorro Chablé
Fuente:
http://www.adital.com.br/site/noticia.asp?boletim=1&lang=ES&cod=41275

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